De la adaptación de formas para información epidemiológica. Para cumplir con los objetivos de la información epidemiológica, los consultorios de atención en salud, las clínicas y los establecimientos asistenciales, oficiales y privados, así como las instituciones de los subsectores de la previsión social y las de la seguridad social, están obligados a adoptar las normas, instrumentos y procedimientos establecidos por el Subsistema de Información en Salud del Sistema Nacional de Salud.
Decreto 1562 de 1984 →In force
Article 28
De La Adaptación De Formas Para Información Epidemiológica
Decreto 1562 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a vigilancia y control epidemiológico y medidas de seguridad
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.