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Article 143

Serán Causales De Suspensión O Cancelación, De La Autorización Como Coleccionista De Armas, Una Cualquiera De Las Circunstancias Que Se Enumeran: 1

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

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01

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Serán causales de suspensión o cancelación, de la autorización como coleccionista de armas, una cualquiera de las circunstancias que se enumeran

1.

La interdicción judicialmente declarada, conforme a las normas penales y civiles vigentes.

2.

La detención preventiva por delitos internacionales.

3.

La utilización indebida de las armas de colección.

4.

La inobservancia de normas sobre salvoconductos, ventas o traspaso de armas de colección o adquisición de municiones para las mismas.

5.

Incumplimiento a las normas de seguridad señaladas por el Comando general de las Fuerzas Militares.

6.

La comprobación de artificios o engaños para la obtención de la autorización o compra de municiones.

7.

Cuando al juicio del Comando General de las Fuerzas Militares y por circunstancias notorias, el coleccionista pierda las condiciones, de diversa índole, que se requieren para tener tal prerrogativa.

Parágrafo

Los tres últimos casos señalados en este artículo serán causal de la cancelación de la autorización, cuando así lo disponga el Comando General de las Fuerzas Militares.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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