Los arrendamientos de terrenos destinados la construcción de almacenes, fábricas y cualquier otra clase de edificios construidos por particulares o empresas privadas, se harán en cada caso mediante los contratos respectivos. Para la celebración de estos contratos, los interesados deberán elevar una solicitud a la Gerencia, expresando el objeto a que se vaya a destinar la construcción, y al mismo tiempo presentarán un proyecto preliminar de los edificios que se propongan construir, y señalando el lugar en que se instalarán los aparatos generadores de fuerza y los depósitos de combustible. Aprobados los contratos por la Gerencia, previo concepto de la Dirección Técnica, se fijará un plazo para la presentación de los planos y presupuestos definitivos, a los cuales deberán sujetarse las construcciones e instalaciones una vez aprobados los mismos por la Dirección Técnica. Esta inspeccionará las obras cuidando de que ella ejecución de las mismas se dé exacto cumplimiento al contratado. La supervisión se llevará a efecto por funcionarios del Departamento Técnico. Las obras deberán quedar terminadas dentro del plazo que al efecto se haya señalado en el contrato, a menos que los interesados justifiquen plenamente que el retardo se debe a causa de fuerza mayor o caso fortuito.
Decreto 1406 de 1973 →In force
Article 80
Los Arrendamientos De Terrenos Destinados La Construcción De Almacenes, Fábricas Y Cualquier Otra Clase De Edificios Construidos Por Particulares O Empresas Privadas, Se Harán En Cada Caso Mediante Los Contratos Respectivos
Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.