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Article 11

Representación Legal

Ley 117 de 1985 · por la cual se crea el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, se determina su estructura y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Gerente General del Banco de la República será el representante legal del Fondo y tendrá entre otras las siguientes funciones:

a)

Llevar la representación legal del Fondo y firmar todos los actos, contratos y documentos para el cumplimiento de los objetivos que se determinan en esta Ley, con sujeción a lo que se disponga en los estatutos, que podrán prever la delegación en el Director de dichas facultades.

b)

Someter a la consideración de la Junta Directiva los planes e iniciativas tendientes a lograr los objetivos del Fondo y su adecuada ejecución.

c)

Las demás que se establezcan en los estatutos del Fondo y las que se desprendan del contrato que se celebre entre el Gobierno Nacional y el Banco de la República, según lo dispuesto en el artículo 1º de esta Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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