º . El presente decreto rige a partir de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo.
Article 4
Decreto 217 de 1999 · por el cual se amplían los plazos para la presentación y pago de declaraciones tributarias correspondientes a retención en la fuente mes de diciembre de 1998, impuesto sobre las ventas sexto bimestre de 1998, retención en la fuente mes de enero de 1999 y pago primera cuota del impuesto sobre la renta año gravable de 1998 para los grandes contribuyentes, en algunos municipios correspondientes a la jurisdicción de las administraciones de Pereira, Manizales, Ibagué y Tuluá y se determina un nuevo calendario tributario para los contribuyentes, responsables y agentes retenedores domiciliados o residenciados en el departamento del Quindío
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Constitutional history
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