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Article 3

Modifícase El Artículo 10

Decreto 466 de 2020 · Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantías S.A

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01

Text of the article

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Modifícase el artículo 10.2.1.1 .3 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 10.2.1.1.3 Deducciones del patrimonio técnico. Se deducirán del patrimonio técnico, los siguientes conceptos: 1.Las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores y las del ejercicio en curso. 2.El valor de las inversiones de capital, así como de las inversiones en bonos obligatoriamente convertibles en acciones, en bonos subordinados opcionalmente convertibles en acciones o, en general, en instrumentos de deuda subordinada, efectuadas en forma directa o indirecta en entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, que supere el diez por ciento (10%) del Patrimonio Técnico una vez realizadas las demás deducciones contenidas en el presente artículo excepto la descrita en este literal. 3.El impuesto de renta diferido neto cuando sea positivo. Para el efecto, no se tendrán en cuenta los provenientes de los otros conceptos deducidos en virtud del presente artículo. 4.El valor del crédito mercantil o plusvalía y de los activos intangibles; 5.El valor no amortizado del cálculo actuarial del pasivo pensional. 6.El valor de la revalorización de activos."

02

Constitutional history

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