Las cámaras de comercio deberán contar con un sistema de peticiones, quejas y reclamos en todas sus sedes, que comprenda como mínimo: - Infraestructura física y virtual suficiente. - Recurso humano que permita la recepción, tramitación y respuesta oportuna y de calidad. - Procedimientos y formatos de presentación de las solicitudes. - Procedimientos para la asignación y entrega de un número de radicado al usuario, con el cual pueda hacer seguimiento presencial o virtual de su trámite. - Establecer motores de búsqueda para la consulta de las solicitudes (radicación, número de identificación, nombre del titular, de la matrícula o inscripción, número de matrícula, entre otros). - Adopción de mecanismos de difusión y conocimiento del sistema para los usuarios.
Circular 100-000002 de 2022 →In force
Article 1.1.1.11
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.