° Queda facultado el Ministerio de Guerra para reglamentar la distribución e inversión de los productos de que trata el Decreto número 753 de 1943, en la conservación y mantenimiento de los aeródromos de que trata el artículo 2° de este Decreto, por concepto de personal y material, según la enumeración hecha en el artículo 1° teniendo en cuenta las necesidades de cada aeródromo. Comuníquese y publíquese.
Article 9
Queda Facultado El Ministerio De Guerra Para Reglamentar La Distribución E Inversión De Los Productos De Que Trata El Decreto Número 753 De 1943, En La Conservación Y Mantenimiento De Los Aeródromos De Que Trata El Artículo 2° De Este Decreto, Por Concepto De Personal Y Material, Según La Enumeración Hecha En El Artículo 1° Teniendo En Cuenta Las Necesidades De Cada Aeródromo
Decreto 1515 de 1943 · Reglamentario del marcado con el cual número753 del Presente año, sobre tarifas de aeródromos
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