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Article 66

Decreto 2620 de 2000 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero y en especie para áreas urbanas, la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar y la Ley 546 de 1999, en relación con la vivienda de interés social

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01

Text of the article

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Obligación de los registradores de instrumentos públicos y de las entidades captadoras de recursos . Los registradores de instrumentos públicos y los funcionarios de las entidades captadoras de recursos, que por su trabajo tengan conocimiento de enajenaciones no autorizadas de viviendas obtenidas con el Subsidio Familiar de Vivienda, dentro del término de cinco (5) años de que trata el artículo 64 del presente decreto, deberán poner tal situación en conocimiento de la respectiva entidad otorgante, para efectos de iniciar el trámite de restitución del subsidio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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