: Cuando de la investigación por incumplimiento a las disposiciones del presente decreto, adelantada por funcionarios de saneamiento ambiental, se establezca responsabilidades en cabeza de funcionarios de una entidad administradora del sistema de suministro de agua, se solicitará a la junta directiva de ésta o a su gerente, por intermedio del jefe del organismo de salud respectivo, la aplicación de las sanciones administrativas que aquella entidad tenga establecida.
Article 141
: Cuando De La Investigación Por Incumplimiento A Las Disposiciones Del Presente Decreto, Adelantada Por Funcionarios De Saneamiento Ambiental, Se Establezca Responsabilidades En Cabeza De Funcionarios De Una Entidad Administradora Del Sistema De Suministro De Agua, Se Solicitará A La Junta Directiva De Ésta O A Su Gerente, Por Intermedio Del Jefe Del Organismo De Salud Respectivo, La Aplicación De Las Sanciones Administrativas Que Aquella Entidad Tenga Establecida
Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.
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