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Article 3

Anualmente Durante La Vigencia Del Esquema De Pagos, Ecopetrol Y Ecogas Revisarán El Valor De La Cuota Del Respectivo Año Con El Propósito De Establecer Abonos Adicionales Si Los Ingresos Y La Operación De Ecogas Así Lo Permiten

Decreto 958 de 1998 · por el cual se aprueba el esquema y demás condiciones financieras de los pagos que la Empresa Colombiana de Gas -Ecogas, deberá hacer a la Empresa Colombiana de Pertóleos-Ecopetrol, en desarrollo de la escisión ordenada por la Ley 401 de 1997.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Anualmente durante la vigencia del Esquema de Pagos, Ecopetrol y Ecogas revisarán el valor de la cuota del respectivo año con el propósito de establecer abonos adicionales si los ingresos y la operación de Ecogas así lo permiten. Dicha revisión tendrá lugar durante los últimos quince (15) días del mes de octubre de cada año y de haber lugar a abonos adicionales, éstos se realizarán junto con la cuota correspondiente al mes de diciembre del respectivo año.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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