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Article 2

Para El Escalafonamiento De Los Aspirantes A Oficiales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Es Además Necesario Adelantar Y Aprobar Un Curso De Información Militar, Cuya Duración Mínima Será De Doce (12) Semanas, Organizado Y Dirigido Por El Respectivo Comando De Fuerza, Pudiéndose Reunir Todos Los Aspirantes De Las Diversas Fuerzas En Un Solo Curso, Que Contemple Las Siguientes Materias: A) Régimen De Instrucción, Administración Y Mando; B) Organización Militar; C) Orden Cerrado; D) Escuela De Combate; E) Justicia Penal Militar; F) Educación Física; G) Servicio De Guarnición; H) Régimen Disciplinario; I) Insignias Y Distintivos Militares; J) Lectura De Cartas; K) Aspecto Técnico General De Cada Fuerza

Decreto 570 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Título 1 de la Ley 126 de 1959.

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° Para el escalafonamiento de los aspirantes a Oficiales a que se refiere el artículo anterior, es además necesario adelantar y aprobar un Curso de Información Militar, cuya duración mínima será de doce (12) semanas, organizado y dirigido por el respectivo Comando de Fuerza, pudiéndose reunir todos los aspirantes de las diversas Fuerzas en un solo Curso, que contemple las siguientes materias

a)

Régimen de Instrucción, Administración y Mando;

b)

Organización Militar;

c)

Orden Cerrado;

d)

Escuela de Combate;

e)

Justicia Penal Militar;

f)

Educación Física;

g)

Servicio de Guarnición;

h)

Régimen Disciplinario;

i)

Insignias y Distintivos Militares;

j)

Lectura de Cartas;

k)

Aspecto Técnico general de cada Fuerza.

02

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