El desarrollo de las actividades de que trata este Decreto sin la debida autorización de la Superintendencia Bancaria, dará lugar por parte de ésta a la imposición de multas sucesivas a favor del Tesoro Nacional hasta por la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) moneda legal, cada una, multa que se podrá aplicar al infractor, a los representantes legales del mismo y a los administradores o directores, cuando sea del caso. Además podrá inhabilitar al sancionado hasta por un término de cinco (5) años para desempeñar cargos de representante, director o revisor fiscal en entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, y comunicará a las mismas los nombres de las personas sancionadas para que se abstengan de nombrarlas en este tipo de cargos.
Decreto 1970 de 1979 →In force
Article 12
Decreto 1970 de 1979 · Por el cual se modifica el régimen jurídico de las personas que se dedican a las actividades de intermediación financiera
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.