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Article 15

Ley 70 de 1981 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los establecimientos públicos nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1982.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los establecimientos públicos están obligados a mantener al día su contabilidad presupuestal, la cual debe reflejar el monto de las apropiaciones, los acuerdos de obligaciones, los acuerdos mensuales de ordenación de gastos y los giros que se libren contra tales apropiaciones. Su incumplimiento será causal de mala conducta.

Los libros de contabilidad presupuestal deberán indicar con toda exactitud, de acuerdo al presupuesto expedido por el Congreso Nacional, las fuentes de financiamiento que respaldan cada una de las apropiaciones para gastos. En consecuencia, la contabilidad registrará el monto de los recursos propios, las apropiaciones y préstamos del Presupuesto Nacional y los recursos del crédito.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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