º A partir del 1º de enero de 1989, los empleados públicos que estuvieren prestando su servicio a la Corporación Autónoma Regional del Cauca, quedarán clasificados en las escalas establecidas en el presente decreto, dentro del mismo nivel, grado y categoría que tuvieren el 31 de diciembre de 1988.
Article 2
º A Partir Del 1º De Enero De 1989, Los Empleados Públicos Que Estuvieren Prestando Su Servicio A La Corporación Autónoma Regional Del Cauca, Quedarán Clasificados En Las Escalas Establecidas En El Presente Decreto, Dentro Del Mismo Nivel, Grado Y Categoría Que Tuvieren El 31 De Diciembre De 1988
Decreto 36 de 1989 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca -CVC- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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