JurídicoESEN

Article 73

División De Métodos Y Procedimientos

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 73. División de Métodos y Procedimientos . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector, son funciones de la División de Métodos y Procedimientos, las siguientes

a)

En coordinación con la Oficina de Planeación, establecer normas técnicas referentes al flujo, manejo y control de documentos y archivos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y reglamentar los procedimientos para la utilización, actualización y administración de los sistemas de información;

b)

Mantener control sobre los programas y archivos magnéticos administrados por la Subdirección;

c)

Revisar y aprobar los manuales de procesos de producción administrados por la Subdirección, realizar las pruebas de calidad al software de producción correspondiente y elaborar la planeación de su producción;

d)

En coordinación con la Oficina de Planeación, reglamentar los métodos y procedimientos de la entidad, entre los que se incluyen los relativos a la operación administrativa y técnica, y a la utilización, actualización y administración de los sistemas de información;

e)

Crear y mantener actualizado un sistema de información sobre la información procesada por la Dirección y su estado;

f)

Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Informática.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2117 de 1992