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Article 5

Decreto 1475 de 2001 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º . Las remuneraciones de los empleos de la Justicia Penal Militar a que se refiere el artículo 1º del Decreto 1513 de agosto 11 de 2000, de acuerdo con los términos y condiciones previstos en el artículo 3º del mismo decreto, quedarán así: 1. Para los empleos de Tribunal Superior Militar. Denominación del empleo Remuneración mensual $ Magistrado de Tribunal Superior Militar 4.913.956 Fiscal ante Tribunal Superior Militar 4.913.956 Secretario de Tribunal Superior Militar 2.112.418 Relator 2.112.418 Oficial Mayor 1.331.745 Escribiente

Parágrafo

El empleo de Auxiliar Judicial tendrá los grados y la remuneración mensual señalados en el artículo 3º del presente decreto. 2. Para los Juzgados de la Justicia Penal Militar Denominación del empleo Remuneración mensual $ Juez de Dirección o de Inspección 3.795.606 Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección 3.795.606 Auditor de Guerra de Dirección o de Inspección 3.694.705 Juez de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.394.327 Fiscal ante Juez de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.394.327 Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.358.823 Juez de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo o de Escuela de Formación o de Departamento de Policía 2.611.024 Fiscal ante Juez de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo o de Escuela de Formación o de Departamento de Policía 2.611.024 Auditor de Guerra de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo o de Escuela de Formación o de Departamento de Policía 2.575.098 Juez de Instrucción Penal Militar 2.611.024 Secretario 1.325.314

02

Constitutional history

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