JurídicoESEN

Article 12

Ley 712 de 2001 · por la cual se reforma el Código Procesal del Trabajo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El artículo 25 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social quedará así:

Artículo 25 . Formas y requisitos de la demanda. La demanda deberá contener:

1.

La designación del juez a quien se dirige.

2.

El nombre de las partes y el de su representante, si aquellas no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas.

3.

El domicilio y la dirección de las partes, y si se ignora la del demandado o la de su representante si fuere el caso, se indicará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda.

4.

El nombre, domicilio y dirección del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso.

5.

La indicación de la clase de proceso.

6.

Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad. Las varias pretensiones se formularán por separado.

7.

Los hechos y omisiones que sirvan de fundamento a las pretensiones, clasificados y enumerados.

8.

Los fundamentos y razones de derecho.

9.

La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba, y

10.

La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia.

Cuando la parte pueda litigar en causa propia, no será necesario el requisito previsto en el numeral octavo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 712 de 2001