º Los establecimientos públicos del orden nacional no podrán utilizar los giros efectuados por la Tesorería General de la República para atender obligaciones financiadas con sus recursos propios, salvo que hayan efectuado las operaciones establecidas en el artículo 1º de este Decreto. En casos de excepcional urgencia, el Director General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar la utilización de estos giros.
Decreto 2518 de 1991 →In force
Article 2
º Los Establecimientos Públicos Del Orden Nacional No Podrán Utilizar Los Giros Efectuados Por La Tesorería General De La República Para Atender Obligaciones Financiadas Con Sus Recursos Propios, Salvo Que Hayan Efectuado Las Operaciones Establecidas En El Artículo 1º De Este Decreto
Decreto 2518 de 1991 · por el cual se reglamenta el artículo 12 de la ley 38 de 1989.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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