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Article 11

Decreto 1428 de 2000 · por el cual se fijan los derechos por concepto de la función registral y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Certificados. Los certificados de libertad y tradición que según la ley corresponde expedir a los Registradores de Instrumentos Públicos, causarán derechos por la suma de siete mil pesos ($7.000) cada uno. Las certificaciones que según la ley corresponde expedir a los Registradores de Instrumentos Públicos para adelantar procesos de pertenencia o de adjudicación de bienes baldíos ante el Incora, y los contentivos de ampliación a la tradición de un inmueble por un lapso superior a los veinte años, causarán derechos por la suma de quince mil pesos ($15.000) cada uno. Las constancias que requieran los particulares para obtener el número de matrícula inmobiliaria con base en el nombre del propietario, el número de identificación o dirección del inmueble, cuyos datos reposen en los archivos de la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos causarán derechos registrales por la suma de quinientos pesos ($500) por cada inmueble o persona que comprenda la consulta. Este servicio se prestará de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida la Superintendencia de Notariado y Registro.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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