° Las sumas de $ 8.000, $ 8.000, $ 5.000 y $ 20.000, liquidadas en la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso, artículos 1343, 1426, 1427 y 1585, respectivamente, con destino a la construcción de un muelle o embarcadero en Leticia, del camino Casuarito-Maipures, del camino San José-Guaviare-Santa Rosa, y de un carreleable de penetración a la Colonia Agrícola de Afiladores y Riosucio, se entregarán, en su orden, a la Intendencia Nacional del Amazonas y a las Comisarías del Vichada, Vaupés y Putumayo, para que las inviertan en la ejecución de las obras expresadas.
Decreto 830 de 1940 →In force
Article 1
Las Sumas De $ 8
Decreto 830 de 1940 · por el cual se reglamenta la inversión de las sumas destinadas en la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso (Ministerio de Obras Públicas), para la ejecución de algunas obras en la Intendencia Nacional del Amazonas y en las Comisarias del Vichada, Vaupés y Putumayo, y para la adquisición de lanchas para el servicio de las Comisarias de La Guajira, Arauca y Putumayo.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.