Ofrecimiento a terceros y fijación del precio. Cuando el máximo órgano social decida ofrecer las acciones o cuotas a asociados y/o terceros, deberá hacerlo conforme a lo que se prevea en los estatutos y en el reglamento de colocación o suscripción de acciones. El máximo órgano social o la junta directiva, según sea el caso, podrán determinar Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 libremente el precio al que serán ofrecidas la acciones siempre que se ofrezcan, como mínimo, a un precio igual a su valor nominal. En el evento en que se fije un valor superior al nominal, la diferencia entre el precio al que son ofrecidas las acciones y su valor nominal, se deberá cumplir lo dispuesto en el numeral 3.3. del Capítulo III de la CBC, para la prima de emisión. Circular externa
Circular 100-000020 de 2026 →In force
Article 1.16
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.