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Article 1

Decreto 606 de 1966 · Por el cual se hace una distribución parcial de la partida asignada para la Sección de Alfabetización y Educación Fundamental con destino al sostenimiento de las Escuelas Parroquiales

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De la partida de $ 121.300 apropiada en el Presupuesto Nacional vigente con destino al sostenimiento de las Escuelas Parroquiales, hácese la siguiente distribución parcial:

CAPITULO 702

Programa 459.

Educación Elemental y Alfabetización.

Subprograma 4.

Alfabetización y Educación Fundamental

Transferencias.

Artículo 7118. Ordinal 27.

Escuelas Parroquiales.

En once (11) meses, de febrero a diciembre:

Parágrafo

primero. Las Escuelas de Alfabetización de los Territorios Nacionales y las Escuelas Parroquiales seguirán los programas oficiales de primero a segundo año de educación primaria.

Parágrafo

segundo. Los auxilios para las Escuelas de Alfabetización, ubicadas en los territorios escolares, serán girados a los respectivos Prefectos o Vicarios Apostólicos; los correspondientes a los maestros de las Escuelas Parroquiales serán enviados a los Párrocos de la correspondiente localidad, previo certificado de funcionamiento del plantel, expedido por la primera autoridad del lugar.

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Constitutional history

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