JurídicoESEN

Article 104

El Retiro De Mercancías De Los Almacenes En Que Están Depositadas Sin Haberse Cubierto Anticipadamente Todos Los Gastos Derechos O Gravámenes Que Las Mismas Reporten A Favor De La Zona, Del Fisco Nacional O De Los Acreedores Prendarios, Obliga Al Pago Inmediato Dé Esas Deudas A Más Del Pago De Una Multa Que Fijará La Junta Directiva, Sin Perjuicio, De Que Se Apliquen También Las Disposiciones Aduaneras Sobre Contrabando Y Que Se Sancione De Acuerdo Con Lo Que Establece El Código De Aduanas Y Los Reglamentos Respectivos,

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El retiro de mercancías de los almacenes en que están depositadas sin haberse cubierto anticipadamente todos los gastos derechos o gravámenes que las mismas reporten a favor de la Zona, del Fisco Nacional o de los acreedores prendarios, obliga al pago inmediato dé esas deudas a más del pago de una multa que fijará la Junta Directiva, sin perjuicio, de que se apliquen también las disposiciones aduaneras sobre contrabando y que se sancione de acuerdo con lo que establece el Código de Aduanas y los reglamentos respectivos,

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2411 de 1975