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Article 5.3.3.2.8

Circular 100-000019 de 2026 · Circular Externa 100-000019 de 2 de julio de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Documentos soporte Las sociedades operadoras de libranza deberán conservar, como parte de su gestión contable, todos los documentos que respalden sus operaciones económicas, garantizando su disponibilidad, legibilidad e integridad durante el periodo legalmente exigido. Entre estos documentos se incluyen:  El contrato de libranza, pagaré y sus anexos, debidamente firmados por las partes;  La evidencia del desembolso de recursos al deudor;  El cronograma o plan de amortización del crédito;  Los documentos que sustenten la estimación del deterioro (análisis cuantitativos y cualitativos);  Las actas o informes de comité de riesgo o crédito (si aplica);  Los soportes de la venta de cartera (contrato de cesión, aceptación por parte del cesionario, evidencia de la transferencia);  El cálculo y fundamento técnico del valor razonable y provisiones contables;  La evaluación que demuestre el cumplimiento de los criterios para la baja en cuentas;  Cualquier otro documento que justifique la estimación contable y su posterior reversión o baja, según sea el caso. La sociedad debe asegurar que toda esta documentación cumpla con los principios de autenticidad, integridad, conservación y verificabilidad, en especial cuando los soportes sean generados o almacenados mediante medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del anexo 6 del Decreto 2420 de 2015. Esta documentación debe estar disponible ante requerimientos de la Superintendencia de Sociedades u otras autoridades competentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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