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Article 2.2.12.11

Financiación Del Programa

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Financiación del programa. Los Ministerios de Transporte y de Salud y Protección Social como responsables del PFUB, adelantarán las gestiones pertinentes para apropiar los recursos necesarios con el fin de financiar la implementación del programa dentro del marco de sus competencias. Las demás entidades de apoyo del programa del orden nacional, deberán gestionar y apropiar los rubros presupuestales adicionales para los proyectos enmarcados en las líneas de acción del programa de su competencia.

El Gobierno nacional promoverá el uso de instrumentos de financiamiento local y/o nacional, de cooperación internacional y/o la creación de Asociaciones PúblicoPrivadas (APP), para el desarrollo de las acciones del programa en entidades territoriales.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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