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Article 7

El Instituto Colombiano De Cultura, Colcultura, Procurará Además Que En El Acto De Creación De Cada Una De Los Fondos Mixtos Que Se Acuerde Constituir, Se Estipulen Normas Relativas A La Promoción Y Su Campo De Gestión, Atendiendo Los Siguientes Criterios: 1

Decreto 1676 de 1993 · por el cual se reglamenta la función de cooperación de Colcultura para crear Fondos Mixtos de Promoción de la Cultura y las Artes.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° El Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, procurará además que en el acto de creación de cada una de los Fondos Mixtos que se acuerde constituir, se estipulen normas relativas a la promoción y su campo de gestión, atendiendo los siguientes criterios

1.

Que su acción se extienda a toda la entidad territorial.

2.

Que los beneficiarios tengan establecido su domicilio en la misma jurisdicción territorial.

3.

Que se haga el debido reconocimiento a las personas que efectúen donaciones al Fondo, mediante propaganda y publicidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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