° Al terminar los exámenes anuales en las Escuelas Primarias, la Junta de que trata el artículo 5.° del Decreto número 241 de 1904, integrado con el Director o Directora de la Escuela respectiva, designará de entre los alumnos ó alumnas que hayan terminado sus estudios conforme al pensum señalado a dichas Escuelas, aquél ó aquélla que por su buena conducta, aprovechamiento intelectual y disposiciones naturales para la enseñanza, sea el más merecedor ó la más merecedora de obtener una beca en la Escuela Normal respectiva de la correspondiente Circunscripción Escolar. En igualdad de dichas condiciones la Junta preferirá al alumno ó alumna más pobre ó que se haya distinguido durante el año por acto ó actos de virtud.
Decreto 555 de 1909 →In force
Article 2
° Al Terminar Los Exámenes Anuales En Las Escuelas Primarias, La Junta De Que Trata El Artículo 5
Decreto 555 de 1909 · Por el cual se reglamenta la adjudicación de becas en las Escuelas Normales
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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