°. Antes de que el Ministerio de Minas y Petróleos, de acuerdo con la Ley 10ª de 1961, saque a licitación el área de un contrato renunciado o caducado, que no forme parte de una solicitud de aporte, dará aviso por escrito a la Empresa Colombiana de Petróleos para que ésta decida en el término de tres (3) meses si solicita dicha área en aporte. En este caso, se le dará el trámite correspondiente.
Article 9
Antes De Que El Ministerio De Minas Y Petróleos, De Acuerdo Con La Ley 10ª De 1961, Saque A Licitación El Área De Un Contrato Renunciado O Caducado, Que No Forme Parte De Una Solicitud De Aporte, Dará Aviso Por Escrito A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Que Ésta Decida En El Término De Tres (3) Meses Si Solicita Dicha Área En Aporte
Decreto 797 de 1971 · Por el cual se reglamenta, en relación con los hidrocarburos, la Ley 20 de 1969
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