° De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 2ª de 1984, funcionará en la Procuraduría General de la Nación y bajo la dirección de la Procuraduría; Delegada para la Policía Judicial, un grupo especializado en investigación, para que de manera permanente auxilie a cualquier Juez qué instruya o conozca de los procesos por los delitos a Que se refiere el artículo 12 de la ley mencionada. De este grupo se designarán el Técnico Investigador y el Agente Especial para cada juzgado de que trata el artículo anterior.
Article 3
De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 36 De La Ley 2ª De 1984, Funcionará En La Procuraduría General De La Nación Y Bajo La Dirección De La Procuraduría; Delegada Para La Policía Judicial, Un Grupo Especializado En Investigación, Para Que De Manera Permanente Auxilie A Cualquier Juez Qué Instruya O Conozca De Los Procesos Por Los Delitos A Que Se Refiere El Artículo 12 De La Ley Mencionada
Decreto 371 de 1984 · Por el cual se reglamentan algunas normas de la Ley 2° de 1984
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