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Article 2.15.2.14

Beneficios Del Programa Pódium

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Beneficios del Programa Pódium. Los Atletas y paratletas vinculados al Programa, que cumplan los requisitos de permanencia en el mismo, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio del Deporte, tendrán los siguientes beneficios

a)

Apoyos económicos para promover o facilitar la preparación de la reserva deportiva, en las condiciones y por los montos que defina el Ministerio del Deporte mediante resolución, sujeto a la disponibilidad de recursos para el efecto.

b)

Apoyo en procesos técnicos de preparación y competición deportiva. e) Acompañamiento de expertos en ciencias del deporte y en desarrollo psicosocial. d) Reconocimiento de gastos para la participación en eventos del Ciclo Regional, y eventos federados a nivel Internacional.

Parágrafo 1

°. Los atletas y paratletas vinculados a esta etapa serán los proyectados a ser seleccionados en categoría mayores.

Parágrafo 2

Las condiciones e indicadores para la identificación de los deportistas que accederán a uno o más de los beneficios indicados, las definirá el Ministerio del Deporte.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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