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Article 29

Salario De Referencia -Sr- Y Salario Historico -Sh- El Salario De Referencia, Sr, Es El Salario Base, Sb, Actualizado Desde Fb Hasta La Víspera De Fc, Multiplicado Por El Salario Medio Nacional De La Edad Que El Afiliado Tendrá En Fr, Dividido Por El Salario Medio Nacional De La Edad Que El Afiliado Tenía En Fc

Decreto 1748 de 1995 · Por el cual se dictan normas para la emisión, cálculo, redención y demás condiciones de los bonos pensionales y se reglamentan los Decretos Leyes 656, 1299 y 1314 de 1994 y los artículos 115, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1993

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SALARIO DE REFERENCIA -SR- Y SALARIO HISTORICO -SH- El Salario de Referencia, SR, es el Salario Base, SB, actualizado desde FB hasta la víspera de FC, multiplicado por el salario medio nacional de la edad que el afiliado tendrá en FR, dividido por el salario medio nacional de la edad que el afiliado tenía en FC. En todo caso, el Salario de Referencia no será inferior al salario mínimo legal mensual que regía en la fecha de corte, ni superior a veinte veces dicho salario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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