º . Zoocriaderos en ciclo mixto . Modalidad de zoocría en los que el manejo de la especie se realiza tanto en ciclo abierto como en ciclo cerrado. En el plan de manejo ambiental o en el estudio de impacto ambiental, según sea el caso, se deberán contemplar las medidas de control necesarias tendientes a evitar que al interior del zoocriadero, se presente intercambio de especímenes manejados en los ciclos abierto y cerrado. Los encierros, tanto de un ciclo como del otro, deberán estar debidamente identificados y señalizados.
Decreto 4064 de 2008 →In force
Article 7
Decreto 4064 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1011 de 2006 y se adoptan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.