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Article 34

Los Gerentes Seccionales Invitarán A La Inscripción En El Registre De Proponentes De Servicias De Salud Mediante Tres (3) Publicaciones Hechas Con Este Fin En Des (2) Periódicos De Amplia Circulación En La Localidad Sede De La

Decreto 7 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 92 del Decreto-ley 1650 de 1977; 29, 30, 31, 32 y 33 del Decreto-ley 1652 de 1977; y 16, 17 y 18 del Decreto-ley 1700 de 1977 en lo relacionado con la contratación de servicios de salud para el Instituto de Seguros Sociales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Los Gerentes Seccionales Invitarán a la inscripción en el registre de proponentes de servicias de salud mediante tres (3) publicaciones hechas con este fin en des (2) periódicos de amplia circulación en la localidad sede de la. Gerencia Seccional. Las invitaciones deberán hacerse en des (2) oportunidades al año por lo menos, con intervalos no inferiores a tres, (3 meses y en ellas deberá informarse sobre los servicio, para los cuales el Instituto proyecta la celebración de contratos de servicies de salud. De los términos para la inscripción.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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