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Article 2

Ley 62 de 1967 · Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias en el ramo de las relaciones exteriores

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01

Text of the article

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Con el fin de asegurar una mejor reorganización de todas las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores y del servicio diplomático y consular, las facultades que otorga esta Ley deberán ejercerse por el Gobierno Nacional con precisión y sobriedad para determinar la planta de funcionarios, para suprimir, crear y refundir cargos, señalar funciones, establece el escalafón especial de los empleados y reglamentar todo lo referente a las condiciones de incorporación, ascenso y retiro de la Carrera Diplomática y Consular, así como para reformar la estructura y el régimen del Instituto oficial de estudios internacionales.

Parágrafo

La reglamentación, convocación y calificación de los concursos relativos a la Carrera Diplomática y a la Consular se hará con intervención de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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