El Instituto procederá, con la asesoría técnica que considere necesaria y con la colaboración de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Guerra, a elaborar un reglamento de Inmigración el cual se fijen las condiciones personales que deben llenar los inmigrantes o colonos extranjeros aspirantes a la adjudicación de fundos o parcelas en las zonas de colonización. Este reglamento deberá ser aprobado por el Gobierno Nacional.
Article 33
El Instituto Procederá, Con La Asesoría Técnica Que Considere Necesaria Y Con La Colaboración De Los Ministerios De Relaciones Exteriores Y De Guerra, A Elaborar Un Reglamento De Inmigración El Cual Se Fijen Las Condiciones Personales Que Deben Llenar Los Inmigrantes O Colonos Extranjeros Aspirantes A La Adjudicación De Fundos O Parcelas En Las Zonas De Colonización
Decreto 2436 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto - ley 1894, de 18 de julio de 1953, que crea el Instituto de Colonización e Inmigración
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.