º. Todos los establecimientos de beneficencia, higiene o asistencia pública sean oficiales o particulares que reciban auxiliaos del Tesoro Nacional, estarán sujetos a la vigilancia del Departamento de Higiene y someterán a la revisión de éste su reglamento, planos y organización sin cuya aprobación no podrán cubrírseles aquellos auxilios.
Article 6
Todos Los Establecimientos De Beneficencia, Higiene O Asistencia Pública Sean Oficiales O Particulares Que Reciban Auxiliaos Del Tesoro Nacional, Estarán Sujetos A La Vigilancia Del Departamento De Higiene Y Someterán A La Revisión De Éste Su Reglamento, Planos Y Organización Sin Cuya Aprobación No Podrán Cubrírseles Aquellos Auxilios
Decreto 593 de 1932 · Por el cual se reglamenta la inspección de los establecimientos de higiene, beneficencia y asistencia pública
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.