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Article 8

Forma Indirecta De Ejecución Del Excedente O Beneficio Neto De Las Entidades Del Régimen Especial

Decreto 1514 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras dispocisiones.

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01

Text of the article

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°. Forma indirecta de ejecución del excedente o beneficio neto de las entidades del régimen especial. Modifícase el

Parágrafo 3

del artículo 5° del Decreto 124 de 1997, el cual quedará así: “

Parágrafo 3

Las donaciones de las entidades pertenecientes al régimen especial, a otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen las actividades señaladas en los artículos 19 y 359 del Estatuto Tributario, o a personas naturales en cumplimiento de dichas actividades, constituyen una forma indirecta de ejecución del excedente o beneficio neto en dichas actividades. Para el efecto, en el acta de la asamblea general u órgano directivo que haga sus veces en la entidad, deberá dejarse constancia de la actividad o programas a los que se deben destinar las donaciones, las cuales deben cumplir los requisitos legales exigidos para las mismas.”

02

Constitutional history

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