°. Impuesto complementario de normalización tributaria-Sujetos Pasivos. Créase el impuesto complementario de normalización tributaria por el año gravable 2026, el cual estará a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a 1° de abril de 2026.
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta que no tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a 1° de abril de 2026 no serán sujetos pasivos del impuesto complementario de normalización.