Obligación de servicio Caución. Los universitarios, profesionales y sacerdotes que se escalafonen como Oficiales de los Servicios, tendrán la obligación de servir a las Fuerzas Militares por un período no inferior a dos años, contados a partir de la fecha de su escalafonamiento. Si incumplieren esta obligación, y fueren retirados del servicio, pagarán a la Nación Ministerio de Defensa, una suma igual a un sueldo básico mensual por cada mes que hubieren dejado de servir, suma, que será, descontable de las prestaciones sociales que les corresponda, o exigible por la vía coactiva según lo resuelva el Ministerio.
Decreto 654 de 1975 →In force
Article 21
Obligación De Servicio Caución
Decreto 654 de 1975 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2337 de 1971, orgánico de la Carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.