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Article 4

La Liquidación Del Precio De Venta De Los Artículos Se Hará Teniendo En Cuenta El Costo De Los Mismos, Las Mermas Y Pérdidas Que Sufran Y Los Gastos Que Ocasione El Personal De La Proveeduría, Pero Los Precios De Venta No Podrán Exceder En Ningún Caso De Los Que Rijan En El: Mercado De Bogotá Para Las Ventas Al Por Menor

Decreto 1319 de 1934 · Por el cual se establece el servicio de proveeduría en el Nuevo Acueducto de Bogotá, y se fija la reglamentación correspondiente

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°. La liquidación del precio de venta de los artículos se hará teniendo en cuenta el costo de los mismos, las mermas y pérdidas que sufran y los gastos que ocasione el personal de la Proveeduría, pero los precios de venta no podrán exceder en ningún caso de los que rijan en el: mercado de Bogotá para las ventas al por menor.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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