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Article 196

Son Funciones Del Consejo Nacional De La Carrera, Las Siguientes: A) Dictar Su Propio Reglamento Dentro Del Cual Podrá Crear Las Comisiones Que Estime Convenientes; B) Velar Por El Correcto Funcionamiento Y Cumplimiento De Las Normas De La Carrera Y En Especial De Lo Señalado En El Presente Decreto; C) Atender Los Reclamos Y Problemas De Administración De La Carrera Que No Hayan Podido Ser Resueltos En Comités De Menor Jerarquía; D) Emitir Concepto Previo Sobre Los Procesos Disciplinarios En Los Cuales Se Haya Recomendado Como Sanción La Destitución Y Sobre Las Insubsistencias Motivadas; E) Resolver Los Reclamos Presentados Por Los Trabajadores Relacionados Con La Pérdida De La Valoración De Méritos; F) Asesorar A La Empresa En La Adopción De Criterios Y Procedimientos Generales Para La Realización De Concursos Para Ingresos Y Ascensos; G) Conceptuar Sobre Las Solicitudes De Traslados Pendientes En El Momento De Declararse Desierto Un Concurso Cerrado

Decreto 2200 de 1987 · por el cual se regula el Régimen Especial de Administración de Personal y de Carrera Administrativa para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

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01

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Son funciones del Consejo Nacional de la Carrera, las siguientes

a)

Dictar su propio reglamento dentro del cual podrá crear las comisiones que estime convenientes;

b)

Velar por el correcto funcionamiento y cumplimiento de las normas de la Carrera y en especial de lo señalado en el presente Decreto;

c)

Atender los reclamos y problemas de administración de la Carrera que no hayan podido ser resueltos en Comités de menor jerarquía;

d)

Emitir concepto previo sobre los procesos disciplinarios en los cuales se haya recomendado como sanción la destitución y sobre las insubsistencias motivadas;

e)

Resolver los reclamos presentados por los trabajadores relacionados con la pérdida de la Valoración de Méritos;

f)

Asesorar a la Empresa en la adopción de criterios y procedimientos generales para la realización de concursos para ingresos y ascensos;

g)

Conceptuar sobre las solicitudes de traslados pendientes en el momento de declararse desierto un concurso cerrado.

02

Constitutional history

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