Inconsistencia en la información. Una vez llevada a cabo la verificación a la que se refiere el artículo 9° del presente decreto, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se abstendrá de incluir en el registro al solicitante en los siguientes casos: i) Cuando se encuentren inconsistencias entre los datos suministrados en la inscripción y los documentos soporte de la misma; ii) Cuando la vigencia de la persona jurídica, en el caso de la provisión de redes y/o servicios de telecomunicaciones, sea inferior a diez (10) años contados a partir de la fecha de la inscripción, y iii) Cuando en el objeto social de la persona jurídica no esté incluida la provisión de redes y/o servicios de telecomunicaciones. En tal caso, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones informará al solicitante vía correo electrónico. CAPITULO III Reformas al registro
Decreto 4948 de 2009 →In force
Article 11
Inconsistencia En La Información
Decreto 4948 de 2009 · por el cual se reglamenta la habilitación general para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y el registro de TIC.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.