°. Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 3.1 Asesorar a la rectoría en la planeación, programación y evaluación administrativa y financiera del Instituto. 3.2 Asesorar a la Rectoría en la elaboración del plan indicativo y plan de acción y proponer mecanismos para el seguimiento y evaluación de su ejecución. 3.3 Recopilar, analizar, evaluar y consolidar la información estadística sobre las actividades del Instituto. 3.4 Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer medidas preventivas y correctivas del caso. 3.5 Dirigir y coordinar la elaboración de estudios y la implementación de procesos de informática. 3.6 Organizar, programar y coordinar los procesos administrativos, proponer ajustes a la organización y elaborar y mantener actualizados los manuales de funciones y de procedimientos. 3.7 Conservar y actualizar los títulos de los bienes inmuebles propiedad del Instituto. 3.8 Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros, de administración de personal, de contratación y de servicios administrativos. 3.9 Elaborar, en coordinación con las diferentes dependencias, el anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y de inversión, de acuerdo con las normas legales pertinentes. 3.10 Dirigir y controlar la política institucional en las áreas de presupuesto, contabilidad y tesorería. 3.11 Dirigir la elaboración y ejecución del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y planear y dirigir la ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, de auditoría, presupuestales y contables del patrimonio del Instituto. 3.12 Trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión. 3.13 Coordinar y programar las actividades de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, teniendo en cuenta las políticas y normas legales vigentes establecidas sobre la materia. 3.14 Conocer y fallar en primera y única instancia, los procesos disciplinarios que se adelantan contra funcionarios de la entidad. 3.15 Dirigir y coordinar los procesos de admisiones y registro académico. 3.16 Planear, administrar, coordinar los procesos de archivo y correspondencia, recursos físicos e instalaciones de la Institución y velar por su conservación y seguridad. 3.17 Elaborar y ejecutar el plan de compras del Instituto y los actos administrativos que se deriven de la contratación, revisar los pliegos de condiciones, términos de referencia y las pólizas de garantía impartiendo las aprobaciones pertinentes. 3.18 Dirigir y organizar los procesos de atención al ciudadano quejas y reclamos. 3.19 Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2109 de 2004 →In force
Article 3
Secretaría General
Decreto 2109 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.