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Article 1

El Ministerio De Obras Públicas, Por Conducto De La Sección 7

Decreto 1438 de 1908 · Por medio del cual se reglamenta la destrucción de la langosta

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Text of the article

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° El Ministerio de Obras Públicas, por conducto de la Sección 7.ª de ese Ministerio, encargada del fomento de la agricultura, y de acuerdo con los Gobernadores de los Departamentos en cuyo territorio exista langosta, procederán inmediatamente á tomar las medidas necesarias para destruir en el menor término posible este insecto, aplicando el procedimiento de regar sobre la langosta, cuando se halla en estado de saltona, una solución de jabón ordinario y agua, en la proporción de libra y media de jabón para veinte botellas de agua, y procurando que la destrucción sea completa, á cuyo efecto no se suspenderán los trabajos que se emprendan en una región invadida, mientras en ella exista alguna cantidad de langosta, por pequeña que sea. Si se descubre un procedimiento más eficaz que el que queda indicado, se aplicará convenientemente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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