El Comisionado Nacional para la Policía tendrá derecho a una asignación básica mensual de un millón trescientos trece mil quinientos ochenta pesos ($1.313.580), moneda corriente, Gastos de Representación Mensual de un millón novecientos setenta mil trescientos sesenta pesos ($1.970.360) moneda corriente, y una Prima Técnica en los mismos términos y condiciones señalados en el Decreto 1624 de 1991. Igualmente tendrá derecho a los factores salariales y prestaciones salariales en los mismos términos y condiciones establecidos para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional.
Article 8
Decreto 107 de 1996 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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Constitutional history
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