JurídicoESEN

Article 40

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 40 . División Centro de Documentación. Conforme a las políticas e instrucciones del Subsecretario Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, son funciones de la División Centro de Documentación, las siguientes

a)

Recopilar, clasificar y ordenar documentación sobre temas tributarios, aduaneros, cambiarios y afines, para permitir su oportuna consulta;

b)

Mantener y divulgar información actualizada sobre material disponible en el Centro;

c)

Promover el intercambio con otros centros nacionales o internacionales que puedan aportar documentación de interés para la entidad;

d)

Editar y divulgar investigaciones, estudios, y documentos de interés para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en coordinación con la Oficina de Comunicaciones; y

e)

Las demás que le asigne el Subsecretario Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2117 de 1992