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Article 8

La Elaboración De Un Reglamento Técnico, Medida Sanitaria O Fitosanitaria Obedecerá A La Eventual Presencia De Riesgos Sanitarios, Fitosanitarios Y Zoosanitarios, Los Cuales Pueden Ser Dados A Conocer A La Autoridad Competente A Través De Cualquier Interesado

Decreto 4003 de 2004 · por el cual se establece el procedimiento administrativo para la elaboración, adopción y aplicación de reglamentos técnicos, medidas sanitarias y fitosanitarias en el ámbito agroalimentario.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. La elaboración de un reglamento técnico, medida sanitaria o fitosanitaria obedecerá a la eventual presencia de riesgos sanitarios, fitosanitarios y zoosanitarios, los cuales pueden ser dados a conocer a la autoridad competente a través de cualquier interesado.

Parágrafo

Ante una solicitud o interés del país, la entidad competente analizará la pertinencia de la necesidad de elaboración de reglamentos técnicos, medidas sanitarias o fitosanitarias en un plazo no mayor a noventa (90) días calendario y una vez determinada la pertinencia de su expedición, la entidad competente elaborará el proyecto, de conformidad con lo señalado en el presente decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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