° A partir de la vigencia del presente Decreto y para efecto de prestaciones sociales, los grados de General y Teniente General conferidos por el Gobierno con anterioridad al año de 1953, corresponden al de General previsto en la Ley 126 de 1959, siendo entendido que esta disposición no da a los beneficiados derecho a reclamar ninguna suma por concepto de la diferencia entre las asignaciones por ellos recibidas hasta la fecha y las que de ahora en adelante les corresponden.
Article 7
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Y Para Efecto De Prestaciones Sociales, Los Grados De General Y Teniente General Conferidos Por El Gobierno Con Anterioridad Al Año De 1953, Corresponden Al De General Previsto En La Ley 126 De 1959, Siendo Entendido Que Esta Disposición No Da A Los Beneficiados Derecho A Reclamar Ninguna Suma Por Concepto De La Diferencia Entre Las Asignaciones Por Ellos Recibidas Hasta La Fecha Y Las Que De Ahora En Adelante Les Corresponden
Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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