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Article 19

Son Funciones De La División De Relaciones Industriales De Trabajo: A) Dirigir, Coordinar, Controlar Y Evaluar Las Labores De Las Dependencias A Su Cargo; B) Programar Las Actividades A Desarrollar En Materia De Relaciones Individuales De Trabajo; C) Fijar Pautas Para Garantizar El Cabal Cumplimiento De Las Leyes Reguladoras Del Derecho Individual Del Trabajo; D) Proponer Procedimientos Para El Estudio Y Solución, Por Vía Conciliatoria, De Los Conflictos Individuales Del Trabajo Qué Se Susciten Entre Empleadores Y Trabajadores Como Consecuencia De Las Relaciones, Modalidades, Naturaleza, Efectos O Ejecución Del Contrato De Trabajo; E) Someter A Consideración De La Dirección General, Los Estudios Encaminados A Actualizar De Acuerdo Con Las Necesidades Del País, La Legislación Laboral En Materia De Derecho Individual Del Trabajo; F) Aprobar O Improbar Las, Solicitudes Relacionadas Con La Clasificación De Departamentos, Intendencias, Comisarías Y Municipios, Para Efectos De La Gradación De Prestaciones Sociales; G) Aprobar O Improbar, Previo Concepto De La Oficina De Planeación Y Economía Laboral, Tas Solicitudes De Las Empresas En Lo Referente A Ejecución De Planes De Vivienda Y Reducción De Capital Social; H) Tramitar Y Revisar Las Peticiones Empresariales Sobre Declaratoria De Entidad Sin Ánimo De Lucro, Previo Concepto De La Oficina De Planeación Y Economía Laboral; I) Aprobar O Improbar Las Solicitudes Que Presenten Los Empleadores En Lo Relacionado Con La Modificación De La Proporción De Trabajadores Nacionales Y Extranjeros, Previo Concepto De La Dirección General Del Servicio Nacional De Empleo; J) Absolver Las Consultas Que Le Sean Formuladas En Lo Referente Al Derecho Individual Del Trabajo; K) Asesorar Al Director General En El Estudio Y Solución De Los Problemas Propios De La División, Y 1) Ejercer Las Atribuciones Que Le Confiere La Ley O Que Le Sean Adscritas O Delegadas

Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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01

Text of the article

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Son funciones de la División de Relaciones Industriales de Trabajo

a)

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias a su cargo;

b)

Programar las actividades a desarrollar en materia de relaciones individuales de trabajo;

c)

Fijar pautas para garantizar el cabal cumplimiento de las leyes reguladoras del Derecho Individual del Trabajo;

d)

Proponer procedimientos para el estudio y solución, por vía conciliatoria, de los conflictos individuales del trabajo qué se susciten entre empleadores y trabajadores como consecuencia de las relaciones, modalidades, naturaleza, efectos o ejecución del contrato de trabajo;

e)

Someter a consideración de la Dirección General, los estudios encaminados a actualizar de acuerdo con las necesidades del país, la legislación laboral en materia de Derecho Individual del Trabajo;

f)

Aprobar o improbar las, solicitudes relacionadas con la clasificación de Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios, para efectos de la gradación de prestaciones sociales;

g)

Aprobar o improbar, previo concepto de la Oficina de Planeación y Economía Laboral, tas solicitudes de las empresas en lo referente a ejecución de planes de vivienda y reducción de capital social;

h)

Tramitar y revisar las peticiones empresariales sobre declaratoria de entidad sin ánimo de lucro, previo concepto de la Oficina de Planeación y Economía Laboral;

i)

Aprobar o improbar las solicitudes que presenten los empleadores en lo relacionado con la modificación de la proporción de trabajadores nacionales y extranjeros, previo concepto de la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo;

j)

Absolver las consultas que le sean formuladas en lo referente al Derecho Individual del Trabajo;

k)

Asesorar al Director General en el estudio y solución de los problemas propios de la División, y 1) Ejercer las atribuciones que le confiere la ley o que le sean adscritas o delegadas.

02

Constitutional history

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